Primera Revisión Técnico Mecánica a los Cinco Años
De acuerdo al artículo 179 del Plan de Desarrollo (PND), "se modifica el artículo 52 de la Ley 769 de 2002, en el sentido de establecer que los vehículos nuevos de servicio particular se deben someter a la primera Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes al cumplir el quinto (5) año contado a partir de la fecha de su matricula en el Registro Unico Nacional Automotor (RUNT) .
Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares se someterán a la primera Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de la fecha de su matricula".
En el Centro de Diagnóstico Automotor del Valle Ltda, estamos a disposición de todos los usuarios para brindar un servicio seguro, confiable y de calidad en el proceso de Revisión Técnico Mecánica.
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Fecha de publicación 30/05/2023
Última modificación 09/06/2023